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A partir del 1 de enero de 2010, la portabilidad numérica solo podrá ser solicitada por los abonados que figuren en los registros de contratos prepago y postpago.

El trámite de la portabilidad del número es gratuito. El costo o gratuidad del chip dependerá de la oferta comercial de la empresa a la cual, el abonado, desea cambiarse, al igual que el equipo, en caso sea necesario.

¿Desde cuándo puedo portar mi número telefónico?

A partir del 01 de enero de 2010.

¿Quiénes pueden acceder a la portabilidad numérica?

Pueden acceder todos los abonados suscritos a cualquier plan prepago, postpago o control del servicio móvil.

¿Qué es la portabilidad numérica?

La portabilidad numérica es el derecho a mantener el número de celular aun si el abonado decide cambiarse de operador del servicio móvil.

¿Quién va a vigilar que las empresas no abusen o engañen al usuario?

El OSIPTEL supervisará cada una de las etapas del procedimiento de portabilidad numérica y verificará que no se abuse o engañe al usuario.

¿Habrá alguna campaña informativa?

Si. Se tiene previsto que tanto el Estado (MTC y OSIPTEL) como las empresas operadoras de servicios móviles realicen un plan de difusión de la portabilidad numérica que se iniciará el 15 de octubre de

¿Qué beneficios tiene la portabilidad numérica para mí?

Permitirá que tos abonados mantengan su número telefónico móvil, aún si deciden cambiar de empresa operadora móvil. La portabilidad contribuirá a promover la competencia entre los concesionarios de servicios móviles en beneficio de los usuarios, pues los operadores tendrán que esforzarse por conservar a sus abonados y atraer a nuevos clientes.

¿Cómo se cobrarán las llamadas (off-net) que realice luego de activar su número en una nueva operadora?

Dependerá del plan tarifario y las condiciones que contrate a su nuevo concesionario.

¿Puedo presentar mis reclamos sobre portabilidad numérica ante el OSIPTEL?

La actual Directiva de Reclamos establece dos instancias para resolver los reclamos, siendo el OSIPTEL la segunda instancia. Por lo tanto previamente, los reclamos deberán ser dirigidos ante la primera instancia, tal como se indica:
(i) El reclamo por negativa a aceptar la solicitud de portabilidad se deberá presentar primero ante el concesionario con el cual desea cambiarse.
(ii) El reclamo por rechazo de la solicitud de portabilidad se deberá presentar primero a su actual concesionario, del que desea cambiarse y
(iii) El reclamo por falta de consentimiento del titular del servicio a la portabilidad de su número telefónico se deberá presentar, primero, ante la empresa operadora móvil a la cual se portó.

¿Qué función cumple el OSIPTEL con relación a la portabilidad numérica?

El OSIPTEL supervisará cada una de las etapas del procedimiento de portabilidad, a efectos de velar que se cumpla con los plazos y la normativa vigente.

¿Puedo requerir una fecha especial para que se habilite la portabilidad de mi número móvil?

No se puede. A partir de la fecha de presentación de la solicitud de portabilidad, existe un plazo máximo para la ejecución de la portabilidad y los procesos son automáticos.

¿Qué sucede si a la fecha mantengo contrato vigente y a plazo determinado o indeterminado con el actual operador móvil?

Podrá solicitar la portabilidad numérica; sin embargo si su contrato es a plazo forzoso o ha asumido compromisos de adquisición y/o financiamiento de equipos, deberá ser consciente de que deberá pagar los montos que correspondan por la terminación anticipada de su relación contractual, caso contrario su anterior concesionario podrá solicitar a su nuevo concesionario la suspensión del servicio.

¿Qué productos o servicio adicionales puedo transferir con la portabilidad de mi número telefónico?

No se puede transferir productos adicionales con la portabilidad de su número telefónico. Es una nueva relación contractual a través de la cual contratará los servicios que requiera y que la nueva empresa operadora móvil esté en condición de ofrecerle.

¿Cómo debo terminar la relación comercial como mi actual concesionario móvil?

La terminación de la relación contractual con su actual concesionario móvil es parte del procedimiento de portabilidad y se hará efectiva cuando sea declarada la procedencia de la portabilidad de su número telefónico. El abonado no tendrá que realizar gestión alguna ante su anterior concesionario, salvo realizar los pagos que quedaron pendientes con el mismo.

¿Puedo tener la garantía que el procedimiento de la portabilidad de mi número móvil será expeditiva?

Si adjunta los documentos correspondientes, cumple con los requisitos para acceder al mismo y la información proporcionada por el abonado es veraz, las empresas operadora móviles tienen la obligación de garantizar que su procedimiento de portabilidad numérica sea exitoso y se ejecute dentro del plazo.

¿Qué pasa si el titular del servicio nunca solicitó la portabilidad de su número telefónico y ahora se encuentra recibiendo el servicio móvil de otro operador?

Este abonado podrá presentar un reclamo ante el Concesionario que le está prestando el servicio de conformidad con la Directiva de Reclamos. El plazo para presentar este tipo de reclamo es de dos (2) meses contados, a partir de la ejecución de la portabilidad. De ser procedente este reclamo el Concesionario Receptor deberá solicitar el retorno de ese número telefónico a su anterior concesionario.

¿Qué hago si no se acepta la solicitud de desbloqueo del equipo Terminal?

De verificarse que ya transcurrió el plazo establecido para el bloqueo del equipo Terminal previsto en el contrato del equipo Terminal, el abonado podrá presentar un reclamo ante su actual empresa operadora móvil.

¿Si deseo solicitar la portabilidad numérica y mi equipo está bloqueado para otras redes, cómo solicito el desbloqueo?

Se debe acercar a su actual empresa operadora móvil y solicitar el desbloqueo de su equipo Terminal, el mismo que deberá hacerse efectivo en un máximo de 2 días hábiles de solicitado, si es que transcurrió el plazo establecido de bloqueo previsto en el contrato del equipo Terminal.
Sin embargo, siempre el abonado puede solicitar la portabilidad numérica de su número telefónico adquiriendo un nuevo equipo Terminal del concesionario con el que se desea cambiar, sin necesidad de solicitar el desbloqueo de su actual equipo.

¿Qué pasa con los servicios RPM o RPC cuándo se solicita la portabilidad numérica?

Los servicios RPM o RPC que el abonado tiene con su actual empresa operadora móvil se perderán cuando la portabilidad numérica del número telefónico sea ejecutada. El abonado podrá solicitar servicios similares a su nueva empresa operadora móvil siempre y cuando ésta los ofrezca.

¿Qué pasa con el número de los servicios de radio troncalizado (Nextel), si solicito la portabilidad numérica?

El servicio radio troncalizado es ofrecido por Nextel. Si el abonado de Nextel desea cambiar de concesionario de servicio móvil manteniendo su número telefónico perderá los servicios de radio troncalizado. Sin embargo, el abonado podrá solicitar servicios similares a su nuevo concesionario, siempre y cuando éste los ofrezca.

¿El usuario puede desistir del pedido de portabilidad?

Presentada la solicitud de portabilidad el abonado no se puede desistir de este procedimiento.

¿Qué es el retorno y quién es el que lo solicita?

Es la devolución del número telefónico al Concesionario Asignatario o al Concesionario Cedente. Este proceso es independiente del abonado.
En el caso que el abonado u el Concesionario Receptor terminen la relación contractual, el Concesionario Receptor deberá solicitar el retorno del número telefónico al Concesionario Asignatario (concesionario al cual le asignaron dicha numeración).
En caso el abonado reclame por falta de consentimiento de la solicitud de portabilidad y este reclamo es declarado fundado, el Concesionario Receptor deberá solicitar el retorno del número telefónico al Concesionario Cedente.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar un reclamo por rechazo de solicitud de portabilidad?

El plazo máximo para presentar este reclamo es de 2 meses, contados a partir de la fecha en que el abonado tomó conocimiento del rechazo.

¿Qué puedo hacer si rechazan mi solicitud de portabilidad?

Verificar los motivos del rechazo y si no estás de acuerdo puedes presentar un reclamo ante el concesionario que quieres dejar.

¿Es posible portar mi número móvil de un pre-pago a otra operadora móvil, manteniendo las mismas condiciones?

No. Es una nueva relación contractual con condiciones que podrían ser similares o diferentes. Dependerá de lo que el nuevo concesionario le ofrezca y lo que finalmente el abonado elija.

¿Cómo le llegan las llamadas a un cliente que ha portado su número de una empresa operadora móvil a otra?

El abonado seguirá recibiendo sus llamadas como las recibía con la anterior empresa operadora móvil.

¿Qué va a pasar con los servicios adicionales que la empresa operadora móvil (Concesionario Cedente) me estaba prestando?

La terminación de los servicios adicionales se hará efectiva a partir de la fecha en que se deshabilite el número telefónico en la red de la empresa operadora móvil que se está dejando o Concesionario Cedente.

Si soy usuario prepago, ¿puedo transferir el saldo de mi tarjeta cuando me cambie de empresa operadora móvil?

No. Cuando se cambie de concesionario estará iniciando una nueva relación contractual.

¿Qué pasa si tengo pagos pendientes con la empresa operadora móvil que quiero dejar (Concesionario Cedente)?

El abonado deberá pagar al Concesionario Cedente todos los recibos telefónicos pendientes de pago incluido el último recibo telefónico recibido antes de la fecha de presentación de la portabilidad, para tener derecho a la portabilidad. Si se tiene montos pendientes de pago adicionales a los anteriormente mencionados el abonado estará obligado a pagarlo aun cuando se haya cambiado de concesionario.
La portabilidad numérica no libera al abonado de las obligaciones derivadas de la terminación del contrato con la empresa operadora móvil que deja de prestarle el servicio (Concesionario Cedente).
Si el abonado no cumple con pagar los montos adeudados al Concesionario Cedente, éste estará facultado a solicitar la suspensión del servicio a su actual concesionario.

Se puede presentar la solicitud de Portabilidad Numérica, si existe un procedimiento de reclamo en trámite con la actual Empresa Operadora?

Sí se puede presentar la solicitud de portabilidad.

¿Cuándo la empresa operadora puede negarse a aceptar la solicitud de portabilidad numérica?

Sólo podrá negarse: (i) si la persona que solicita la portabilidad no es titular del servicio, (ii) si tiene deuda exigible a la fecha de presentación de la solicitud de portabilidad la misma que no está garantizada ni reclamada, (iii) si tiene el servicio suspendido por mandato judicial, por deuda, por declaración de insolvencia o por uso indebido, (iv) si el abonado no cumple con los requisitos de contratación establecidos para el plan tarifario escogido.

¿Si se excede el tiempo de interrupción del servicio cómo reclamo ya quién?

Deberá reclamar ante la empresa operadora móvil seleccionada o Concesionario Receptor, de acuerdo al procedimiento de la Directiva de Reclamos.

¿El servicio será interrumpido durante la realización de la Portabilidad Numérica?

La realización de la portabilidad podrá implicar la interrupción del servicio por un período máximo de 3 horas. Dicha interrupción sería entre las 0:00 hrs y las 6:00 hrs. En este caso, no será de aplicación la compensación a favor del usuario a la que se hace referencia en las Condiciones de Uso.

¿Cómo se puede reclamar si el procedimiento no es realizado en el plazo establecido?

El OSIPTEL estará supervisando el cumplimiento de los plazos en cada una de las etapas del procedimiento de portabilidad. Si bien no se ha previsto un procedimiento de reclamo, el abonado puede comunicarse con el OSIPTEL y poner en conocimiento esta demora.

¿El abonado puede solicitar la portabilidad a un concesionario con tecnología diferente?

Sí, pero tendrá que adquirir un equipo Terminal compatible a la red del concesionario al que se está cambiando.

¿Si un abonado de servicio móvil prepago desea adquirir un servicio de radio privada de otra Empresa Operadora Móvil, también tiene derecho a la portabilidad numérica?

La contratación del servicio de red privada es independiente de la portabilidad numérica. El abonado que porte su número telefónico podrá solicitar estos servicios en caso el concesionario los preste y si el abonado cumple con los requisitos establecidos para tal fin.

Si se solicita la portabilidad numérica, qué pasa con el chip? ¿Debo cambiarlo?

Si debe cambiarse por un nuevo chip proporcionado por su nuevo concesionario. El abonado deberá pagar por el monto correspondiente a ese chip.

¿Qué tipo de equipo debo tener para portar mi número telefónico?

La portabilidad del número telefónico es independiente del equipo. Si el equipo Terminal es compatible con la red de su nuevo concesionario y no tiene restricciones de acceso a la red de otros operadores podrá utilizarlo, caso contrario deberá adquirir un equipo Terminal que sea compatible.

¿Puedo portar mi número y usar el mismo equipo que uso con mi actual concesionario?

No, si dicha suspensión ha sido originada por deuda, por mandato judicial, por declaración de insolvencia o por uso indebido.

¿Debo pagar mi servicio actual antes de portar?

Debe cancelar todos los recibos telefónicos que se encuentren pendientes de pago, inclusive el último recibo telefónico recibido antes de la fecha de presentación de la solicitud de portabilidad; salvo que dicha deuda haya sido reclamada o se encuentre garantizada.

Si cancelé mi servicio telefónico, ¿puedo solicitar la portabilidad del número que tenía asignado?

Sí podrá solicitar la portabilidad aún cuando anteriormente hubiera terminado su contrato, siempre que presente dicha solicitud dentro de los treinta (30) días calendarios posteriores a la terminación del contrato.

¿Cómo voy a saber que mi número ya fue portado a la nueva empresa?

La empresa operadora a la que el abonado se ha cambiado tiene la obligación de informarle la fecha y hora a partir de la cual podrá hacer uso de su servicio móvil.

¿Me quedaré sin servicio mientras dure el trámite de la portabilidad numérica?

El abonado que solicita la portabilidad siempre tendrá habilitado el servicio, salvo en el momento en que se produzca el cambio. Este período sin servicio durará como máximo 3 horas, entre las 0:00 hrs y las 6:00 hrs de la fecha programada para la ejecución de la portabilidad numérica.

¿Cuál será el costo para el abonado por ejercer el derecho a la portabilidad de su número telefónico?

El trámite para solicitar la portabilidad es gratuito para el abonado; sin embargo el abonado deberá asumir el costo por la adquisición del nuevo Sim Card y, en caso lo decida o sea necesario, el costo por la adquisición de un nuevo equipo Terminal que sea compatible con la red del concesionario al cual desea cambiarse.

Puedo portar mi número telefónico manteniendo mi plan tarifario actual?

No, porque se trata de una nueva relación contractual cuyo plan tarifario es independiente del anterior, tanto en tarifas como en características.

¿Quién puede solicitar la portabilidad del número telefónico?

La portabilidad debe ser solicitada por el abonado del servicio móvil contratado.

¿En caso decida cambiar de operador móvil, dónde y ante quién presento mi solicitud de portabilidad?

En caso decida cambiar de operador móvil, la solicitud de portabilidad se presenta en las oficinas o centros de atención de la empresa de telefonía móvil con la que deseas contratar o también llamado Concesionario Receptor.

¿Puedo portar mi número telefónico fijo para móvil?

No, la portabilidad sólo puede ser realizada entre servicios móviles (móvil a móvil).

¿La portabilidad numérica se puede utilizar también para teléfonos fijos?

No, es exclusivo para el servicio móvil.

Voy a cambiar de departamento. Tengo derecho a la portabilidad?

A partir del 04 de septiembre de 2010 podrás ejercer el derecho a la portabilidad de tu número móvil en cualquier departamento. Antes de esa fecha, el derecho a la portabilidad podrá ser ejercido en el departamento en el que contrataste el servicio. Sin embargo, las empresas concesionarias de servicios móviles podrían decidir aceptar tramitar esa solicitud de portabilidad en un departamento diferente en ese caso el número telefónico seguirá perteneciendo al departamento en donde se contrató el servicio.
 
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